Bodas y comuniones en Andalucía: las nuevas medidas para las celebraciones aprobadas en el comité de expertos
Los convites tendrán que acabarse a las 22.30 horas y solo se podrá consumir comida y bebida en las mesas, que serán de seis personas como máximo.
Se suele decir que mayo es el mes de las comuniones, por el gran número de celebraciones de este tipo que se acumulan en este periodo, aunque en general es durante toda la primavera cuando más eventos relacionados con comuniones o boda se organizan en Andalucía. Incluso en plena pandemia, ya que muchas familias optan por adaptar sus convites para poder celebrar con sus allegados, pese a las actuales restricciones.
La resolución de comité de expertos de Andalucía de este miércoles 7 incluyó el asunto de las «celebraciones posteriores a ceremonias nupciales u otras celebraciones religiosas o civiles» Según informó la Junta de Andalucía, el comité de expertos acordó que todas estas celebraciones, como bodas o comuniones, ya se organicen en bares o restaurantes o en locales con servicio de cátering, se adapten a la Orden del 29 de octubre de 2020, en la que se regulaba el uso de los llamados salones de celebraciones. Hay que tener en cuenta que este acuerdo entra en vigor este viernes 9 y estará vigente al menos durante las próximas dos semanas.
¿Y qué dice esta orden? En su artículo 16 se detalla que todos los salones de celebraciones tendrán que cumplir las medidas generales de higiene y prevención en materia de hostelería, como puede ser la separación entre mesas, el uso de mascarillas cuando no se esté consumiendo o de gel desinfectante. Además, se prohíbe el uso de las barras, «ya que el consumo de bebida y comida se hará exclusivamente en mesa». Estas mesas tendrán una ocupación máxima de seis comensales y la celebración no se puede prolongar más allá de las 22.30 horas, para adaptarse al toque de queda nocturno vigente.
En cuanto a los aforos, dependerá del nivel de alerta del municipio:
-En el nivel de alerta sanitaria 2, los salones de celebraciones deberán respetar un máximo del 75% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 100 personas en espacios cerrados.
-En el nivel de alerta sanitaria 3 , los salones de celebraciones deberán respetar un máximo del 50% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 75 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.
-En el nivel de alerta 4 se deberá respetar un máximo del 30% de su aforo en mesas o agrupaciones de mesas y, en todo caso, un máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 30 personas en espacios cerrados.
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