La ITSS podrá sancionar no adpotar medidas COVID en la empresa

La ITSS podrá sancionar no adpotar medidas COVID en la empresa

Se ha publicado el Real Decreto-ley 26/2020, de 7 de julio (disposición adicional duodécima) https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-7432
donde se habilita a la inspección de trabajo para poder extender actas de infracción de incumplimientos del artículo 7 del Real Decreto-Ley 21/2020.

Nos pueden multar como infracción GRAVE si en la empresa:
– No adoptamos medidas de ventilación, limpieza y desinfección
– No disponemos de jabón, geles hidroalcohólicos, viricidas
– No adaptamos las condiciones de trabajo por #Covid19
– No proporcionamos equipos de protección (mascarillas)
– No controlamos presencia masiva de los trabajadores.

Entra en vigor el 9 de julio.

Hay una campaña de la ITSS para visitar a las empresas y comprobar estos requisitos, antes sólo dejaban acta de incumplimiento, ahora pueden multar.

BOE-A-2020-7432

No hay comentarios

Añade tu comentario