Últimas medidas adoptadas en Euskadi

Últimas medidas adoptadas en Euskadi

Nuevo decreto

El Decreto (abre en nueva ventana), en virgor desde el 18 de septiembre tras su publicación, incorpora las siguientes modificaciones: 

MEDIDAS

  • Ampliar el horario límite de cierre para todas las actividades comerciales, sociales y culturales hasta las 03:00 horas.
  • Permitir un aforo máximo en las diversas actividades del 75 por ciento para todos los locales e instalaciones.
  • El máximo de personas susceptible de reunión en recintos para cualquier tipo de evento social, cultural o deportivo no superará las 1.500 personas en interiores y las 1.800 personas en exteriores. En recintos cerrados con capacidad superior a 3.000 personas, el aforo máximo no podrá superar el 40 por ciento, y en recintos abiertos, el 60 por ciento.
  • Se establece para los establecimientos de hostelería y restauración el 75 por ciento de aforo en los interiores. Se mantiene la prohibición de consumo en barra o de pie. La organización del servicio en interiores seguirá siendo en grupos de hasta 8 personas y en exteriores de hasta 12.
  • Los establecimientos de juego y apuestas y los txokos y sociedades gastronómicas se atendrán a condiciones muy similares a las previstas para el sector hostelero.
  • La reapertura de lonjas, locales juveniles y similares podrá realizarse desde el momento en que la vacunación en la franja de edad de entre 16 y 29 años, supere el 85% de pauta completa.
  • Se habilita la reapertura de discotecas y resto de establecimientos de ocio nocturno de acuerdo a las siguientes reglas: límite de aforo en interiores al 50 por ciento de su capacidad, estando prohibido el consumo en barra o de pie. El uso de pista de baile sólo podrá realizarse con mascarilla. El resto de disposiciones son las que se aplican al sector hostelero.
  • Se ampliar el número máximo en las visitas de grupos a museos, salas de exposiciones, centros recreativos y turísticos que se realicen en interiores hasta 20 personas.
  • Se permite que la práctica deportiva en instalaciones interiores pueda estructurarse en grupos de hasta 16 personas.
  • Se dispone que las administraciones públicas y las empresas puedan determinar el retorno al desempeño presencial en todos aquellos puestos de trabajo que no se encuentren regulados por la normativa sobre el trabajo a distancia o teletrabajo. Se deberá tener en cuenta la tipología y condiciones particulares de cada ámbito laboral y mantener las medidas de prevención básicas como son el uso de mascarilla y la ventilación, de acuerdo a lo que, en su caso, indiquen los servicios de salud laboral.

DECRETO 38/2021, de 17 de septiembre, del Lehendakari, de refundición en un único texto y actualización y determinación de medidas de prevención para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. (abre en nueva ventana)

Más información: https://www.irekia.euskadi.eus/es/news/71625-consejo-asesor-del-labi-luz-verde-nuevas-medidas-hacia-recuperacion-una-actividad-social-normalizada

Nuevo Plan Biziberri

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