Bodas, eventos, espacios culturales y de ocio… así serán las restricciones en junio en la Comunitat Valenciana
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Repasamos qué está permitido hacer y qué no desde el 8 de junio en la Comunitat Valenciana
Desde el próximo martes 8 de junio se levantan muchas restricciones y se alivian otras tantas medidas. Entre las más destacadas que ha explicado el president de la Generalitat, Ximo Puig, está la eliminación del toque de queda y la reapertura del ocio nocturno.
Repasamos cómo quedan las restricciones hasta el 30 de junio en bodas, eventos, espacios como cines, teatros, museos, actividades de ocio, hostelería y discotecas:
Ceremonias no religiosas y celebraciones posteriores a ceremonias no religiosas y religiosas:
- El aforo será del 100% al aire libre y 50% en interiores.
Medidas relativas a establecimientos de hostelería y restauración:
- Aforo permitido dentro 50% y fuera 100%.
- Deberán estar cerrados a las 1:00 sin aceptar pedidos des de las 00:30.
- 10 personas por mesa salvo convivientes.
- 2 metros entre mesas dentro y 1,5 metros fuera.
- Están permitidas las actuaciones profesionales de grupos musicales y disc jokey, con 2 metros entre público y grupo.
- No se podrá fumar, usar la barra ni baile ni karaoke.
Medidas relativas a las actividades de ocio y entretenimiento:
- Se permite la actividad propia de discotecas, salas de baile, bares de copas con y sin actuaciones, pubs, ciber-café, cafés teatro, cafés concierto y cafés cantante.
- El consumo de comida o bebida sólo se podrá hacer sentado en mesa.
- El interior no podrá superar el 100% mientras que el exterior puede ocuparse todo.
- El número máximo de personas por mesa será de 6 en el interior y 10 en el exterior.
- El cierre será el que marque la licencia. En todo caso nunca será mayor de las 02:00.
- Sólo se permiten las actuaciones de grupos profesionales, no karaoke ni actuaciones amateurs.
- No se podrá fumar.
Medidas relativas a actividades recreativas o de juegos de azar:
- Se permite la apertura con el mismo horario que el ocio y entretenimiento.
Bibliotecas, museos, archivos, salas de exposiciones, galerías de arte, monumentos y otros equipamientos culturales:
- Sin restricción de aforos.
- Se pueden usar medios informáticos.
- Visitas de hasta 25 en espacios abiertos y 15 en cerrados.
Cines de verano, autocines, teatros, anfiteatros, auditorios, salas multifuncionales, salas de artes escénicas y circos. Se incluyen instalaciones fijas o portátiles:
- Aforo 75%.
- Entradas numeradas.
- El público sentado.
- Sin intercambio de objetos.
Medidas relativas a actividades festeras tradicionales:
- Las sedes festeras podrán abrir de 10:00 a 13:00 y de 16:00 a 23:00.
Medidas relativas a los albergues, hoteles turísticos, casas rurales y otros alojamientos:
- Zonas comunes con alojamiento hasta el 75%.
- En los hoteles, la restauración estará a lo que indique el punto de medidas relativas a la restauración.
- En los alojamientos que ofrecen habitaciones y servicios colectivos a grupos de diferente convivencia, el uso de elementos comunes (cocinas, etc.) podrá realizarse por grupos de
- convivencia estable o grupos de pernocta, debiendo desinfectarse antes y después de cada uso.
Medidas relativas a actividades de guía de turismo:
- Cita previa como preferencia.
- Grupos de 25 al aire libre y 15 en interiores.
Medidas relativas a actividades de tiempo libre y parques infantiles recreativos:
- Abiertos en horario de libre circulación.
- Se podrán realizar actividades de ocio educativo y educación en el tiempo libre. Donde se desarrollen estas actividades no se podrá superar el aforo en un 75%. Las personas
- participantes serán 25 aparte del monitor.
Medidas relativas a residencias y otros alojamientos similares:
- Residencias escolares, de estudiantes, campamentos y albergues.
- Zonas comunes: 50% de su aforo. Sin servicio de buffet ni autoservicio. Uso de elementos comunes de manera sucesiva por grupos de pernocta.
Fuente: https://www.elperiodic.com/
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